Demandas colectivas

 

La Fundación del Centro de Derechos Humanos y Derecho Constitucional sirve como abogado de clase para todos los menores no acompañados detenidos en los EE. UU., De conformidad con los acuerdos a nivel nacional alcanzados en dos casos principales: Pérez-Olano contra Johnson y Flores contra Meese. Más información, recursos y copias de los acuerdos están disponibles a continuación.

Acuerdo Flores vs.Meese

En 2014, el Centro, junto con los abogados adjuntos, incluidos Orrick, Herrington y Sutcliffe, La Raza Centro Legal y Law Foundation of Silicon Valley, cuestionó las prácticas del DHS de detener a menores detenidos con sus madres y las condiciones de los lugares de detención, en violación del Acuerdo. . El caso está programado para una audiencia en un tribunal federal en Los Ángeles el 27 de marzo de 2015. Estamos buscando una orden judicial federal que requiera que el gobierno libere a los menores que fueron detenidos con sus madres a otros familiares, adultos responsables o hogares grupales con licencia. . A continuación se encuentran las últimas presentaciones legales:

  • Descargar our Memorandum in Support of Motion to Enforce the Flores Settlement of Class Action (Feb. 2, 2015)
  •  Descargar the Government’s Motion to Modify the Settlement Agreement (Feb. 27, 2015)
  • Descargar the Government’s Response in Opposition to our Motion to Enforce the Flores Settlement (Feb. 27, 2015)
  • Descargar the Flores Settlement, Case # CV-85-4544 (C.D. Cal. 1997)

ACTUALIZAR:

COMUNICADO DE PRENSA: Defensores de los derechos humanos y de los niños solicitan a un tribunal federal que detenga la detención masiva de mujeres y niños refugiados

Los abogados de las familias centroamericanas detenidas presentaron documentos en el tribunal de distrito de los Estados Unidos en Los Ángeles desafiando la política de «no liberación» del Departamento de Seguridad Nacional para las mujeres y los niños centroamericanos, unos 1.000 de los cuales se encuentran actualmente detenidos en campamentos en Karnes City, Texas. Dilley, Texas y Leesport, Pensilvania

. Leer el comunicado completo 

ANTECEDENTES:

El Acuerdo de Conciliación de Flores fue el primer documento que estableció pautas para el tratamiento de los niños en el sistema de detención migratoria. El caso se originó con Jenny Lisette Flores, una niña de 15 años de El Salvador que llegó a los Estados Unidos en 1985. Jenny huyó de la violencia de El Salvador para reunirse con su tía, quien vivía en los Estados Unidos; sin embargo, nunca llegó a la casa de su tía. El ex Servicio de Inmigración y Naturalización de los Estados Unidos (INS), actualmente USCIS, detuvo y arrestó a Jenny en la frontera: la esposaron, la cachearon y la colocaron en un centro de detención juvenil donde pasó los siguientes dos meses esperando su audiencia de deportación. El INS colocó a Jenny en una instalación que no ofrecía oportunidades educativas ni recreativas. Además, algunos de los menores en la instalación tuvieron que compartir «baños y dormitorios con adultos no emparentados de ambos sexos».

Aunque Jenny no tenía antecedentes penales, no era un riesgo de fuga y no representaba una amenaza para nadie, el INS no entregaría a Jenny a su tía porque el INS no permitía que los menores no acompañados fueran entregados a «terceros adultos».

El tribunal certificó la clase y el litigio resultante duró más de nueve años. El caso finalmente llegó a la Corte Suprema de Estados Unidos. La Corte determinó que los procedimientos de puesta en libertad no violaron los derechos al debido proceso sustantivo o procesal de los menores y que el Fiscal General actuó a su discreción. Además, la Corte “describió los arreglos como ‘custodia legal’ y no ‘detención’ porque las instalaciones en las que los menores inmigrantes [fueron] detenidos [no eran] ‘instituciones correccionales, sino instalaciones que cumplen con los requisitos de licencia estatal para la provisión de cuidado de albergue , cuidado de crianza, cuidado grupal y servicios relacionados para niños dependientes ‘”. El Tribunal remitió el caso al tribunal de distrito. Las partes llegaron a un acuerdo de conciliación antes de que el tribunal de distrito pudiera tomar una determinación final sobre el caso. La FSA resultante estableció una “política nacional para la detención, liberación y tratamiento de menores bajo la custodia del INS.

Acuerdo de conciliación Flores v. Meese

En 1997, un tribunal federal de California aprobó el acuerdo de resolución de Flores que establece una política nacional con respecto a la detención, liberación y tratamiento de los niños bajo la custodia del INS. Muchos de los términos del acuerdo se han codificado en 8 CFR §§236.3, 1236.3. El acuerdo define a un joven como una persona menor de 18 años que no ha sido emancipada por un tribunal estatal o que no ha sido condenada y encarcelada debido a una condena por un delito como adulto. Requiere que los menores sean recluidos en el entorno menos restrictivo apropiado a su edad y necesidades especiales para garantizar su protección y bienestar. También requiere que los menores sean liberados de la custodia sin demoras innecesarias a un padre, tutor legal, pariente adulto, individuo designado específicamente por el padre, programa autorizado o, alternativamente, un adulto que busca la custodia que el DHS considere apropiado. El acuerdo de Flores y la política del INS también exigen que «los menores no serán detenidos con un adulto no emparentado durante más de 24 horas». El acuerdo de Flores se aplica a todos los niños detenidos por el DHS.

Moción de 2014 para hacer cumplir el acuerdo

Según el acuerdo, los menores no pueden ser detenidos por las autoridades de inmigración en instalaciones seguras durante más de 72 horas, excepto en circunstancias excepcionales (peligro para ellos mismos o para otros, etc.). Con el “aumento” de detenciones de menores inmigrantes en 2014, el DHS efectivamente dejó de cumplir con varias disposiciones clave del acuerdo de Flores (por ejemplo, mantener a los niños durante las primeras 72 horas en instalaciones sin ropa de cama adecuada, control de temperatura, acceso a baños, alimentos, etc.) ), y mantener a los menores detenidos con sus madres (pero no si son detenidos solos o con los padres) por tiempo indefinido, a pesar de la disponibilidad de otros familiares cercanos preparados para cuidar a los niños en caso de ser liberados de la custodia.

En 2014, el Centro, junto con los abogados adjuntos, incluidos Orrick, Herrington y Sutcliffe, La Raza Centro Legal y Law Foundation of Silicon Valley, cuestionaron las siguientes prácticas:

(1) El DHS se niega a liberar a los menores detenidos con sus madres argumentando en general que dicha liberación sería una amenaza para la «seguridad nacional» porque alentaría a otras madres a venir ilegalmente con sus hijos (aunque no se aplica el mismo estándar a los niños detenidos con sus padres). , con otros adultos o solo).
(2) No proporcionar audiencias de fianza de rutina para menores.
(3) Mantener a los menores detenidos con sus madres en instalaciones seguras sin licencia.
(4) No mantener los estándares escritos en cuanto a pérdida de peso, salud mental, enfermedades respiratorias, fiebre, etc.
(5) Retener a los niños en las instalaciones de la Patrulla Fronteriza inmediatamente después del arresto sin un control de temperatura adecuado, camas, inodoros, lavabos, comida, etc.
(6) No evaluar si los menores tienen necesidades especiales y no

colóquelos en instalaciones que puedan abordar esas necesidades especiales.
(7) No informar a los menores detenidos sobre sus derechos legales, incluida la solicitud de SIJ, etc.
(8) No tener un plan escrito para abordar el aumento repentino y planes razonables para liberar a los menores durante un aumento repentino.

El Centro se encuentra actualmente en negociaciones para llegar a un acuerdo con el DHS y actualizará esta página una vez que se haya llegado a un acuerdo.

Descargue el Acuerdo.